En un comunicado publicado la noche de este viernes 16 de agosto de 2024 en su cuenta de X, la jueza Enma Tapia Rivera hizo referencia a la sentencia emitida, en el proceso número 17741-2024-00005, con la que se aceptó la apelación del habeas corpus a favor del expresidente de la Judicatura, Wilman Terán Carrillo.
“Es imprescindible expresarme ante la sociedad sobre la base de los principios jurídicos y procesales“. Enfatizó que sus sentencias seben ser leídas y “júzguenme sobre la base de mi trabajo, no sobre opiniones políticas o coyunturales”.
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Aclaró que, durante el proceso, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) y el Ministerio de Salud Pública (MSP) tuvieron plena oportunidad de presentar pruebas y argumentos. No obstante, optaron por ejercer su derecho al silencio, eliminando la capacidad de sustentar los hechos que pretendían demostrar.
En ese contexto, el MSP y SNAI nopresentaron evidencia alguna que refutara las aseveraciones de daño psicológico presentadas por Terán. Así, dejaron al tribunal la tarea de resolver el caso sobre la base de las pruebas disponibles.
“Producto de aquello, la sentencia dictada en este caso se fundamenta en el principio inquebrantable de imparcialidad judicial”
Enfatiza que, a lo largo de su trayectoria profesional, aprendió que la falta de diligenciade las partes procesales no debe confundirse con un simple acto de silencio. En realidad, se trata de una demostración flagrante de irresponsabilidad procesal.
Dijo que en sus 15 años de experiencia como administradora de justicia, siempre ha actuado guiada solo por los hechos y pruebas presentadas en el proceso. Así garantiza eficiencia y no actúa con afinidad política o presión externa. Dice que aplica la ley con imparcialidad.
Está dispuesta a defender con sustento técnico y jurídico sus decisiones.