El pasado jueves, la Comisión de Fiscalización recomendó al pleno de la Asamblea Nacional enjuiciar políticamente a la ministra de Gobierno, María Paula Romo, por dos de las tres causales planteadas por los interpelantes. Estas están relacionadas con el uso de bombas lacrimógenas caducadas y el lanzamiento de estos objetos en universidades que se utilizaron como centros de acogida a los manifestantes de las protestas de octubre del año pasado.

Horas después de que se diera a conocer la decisión de la comisión, la ministra participó en una ceremonia de ascensos de la Policía Nacional, donde recibió la condecoración “Gran Cruz del Orden y Seguridad Nacional”. En este acto la funcionaria aseguró que el juicio político en su contra es un revés “momentáneo” y que se trata de un pretexto para dejar en la impunidad a los violentos.

El mismo día, el presidente de la República, Lenín Moreno, se refirió a lo resuelto por la Comisión de Fiscalización, a través de su cuenta de Twitter, y rechazó que se haya enviado el proceso de juicio político a la ministra de Gobierno para que sea analizado por el Pleno de la Asamblea Nacional, lo que incluye la posibilidad de su destitución.

Pero, al estar en desacuerdo el primer mandatario con este proceso, ¿puede negarse a aceptar la destitución de la ministra en caso de que la Asamblea Nacional así lo resuelva?

El abogado Julio César Cueva señala que el presidente Moreno no puede rechazarla, debido a que una vez que se decide la censura de un funcionario en el pleno de la Asamblea, la consecuencia inmediata es la destitución y el primer mandatario ya no puede mantenerla en un cargo que ya no posee.

“La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente”, se estipula en uno de los párrafos del artículo 131 de la Constitución del Ecuador.

El informe de la Comisión de Fiscalización que recomienda el juicio político a la funcionaria fue notificado el pasado viernes en la tarde a la Presidencia de la Asamblea Nacional.

Según lo determina la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en su artículo 83, será el presidente de la Asamblea, César Litardo (AP), quien dispondrá a la secretaría general la difusión del informe. Transcurridas 48 horas, tendrá cinco días para incorporarlo en el orden del día. Con este trámite se procederá al juicio político que absolverá o censurará y destituirá al funcionario. 

Fuente: eluniverso.com (T.F.)

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